Esta propuesta utiliza 3 páginas de Internet.
I.- La plataforma teórica en éste blog: http://constituyentecivil-mexico2010.blogspot.com
II.- El desarrollo de los trabajos legislativos en el “Instructivo Constituyente” del Blog: http://gacetaconstituyente-mexico2010.blogspot.com/ y,
III.- Las evidencias históricas en el Blog: http://haciendopormexico.blogspot.com/.
ANTECEDENTES:
Un golpe militar, o una revolución, no son formas validas para acceder al ejercicio de los poderes del Estado, por no estar contempladas dentro de la filosofía del derecho positivo, y atacar la voluntad soberana del pueblo, quién previamente dispuso en la ley los medios idóneos adecuados.
Si una autoridad es ilegal entonces, no es autoridad; luego, ante la usurpación del poder:
¿Quién restablece la legalidad en medio de la anarquía?
¿Quién organiza el procedimiento que tienda a desaparecer a los usurpadores?
¿Quién expide la convocatoria de la que nazca otra vez un gobierno legítimo?
¿Quién reanuda la tradición de legitimidad en el nuevo gobierno?
Constituyente Civil.
Una Respuesta
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Se confirma la trasmisión de la plataforma CONSTITUYENTE CIVIL, VIA INTERNET por TELEVISIÓN CONSTITUYENTE desde San Luis Potosí, de 11:00 a 12:00 horas del día 19 de Noviembre de 2010. Un aporte a los trabajos de la Mesa No. 3. La dirección del canal es: http://iblups.tv/channel.php?channel=4781